¿Sabías que ARCA podrá DOLARIZAR SALDOS a FAVOR? ¡Los efectos que esto tendrá en tu billetera te dejarán helado!

En los últimos días, el Ministerio de Economía emitió la Resolución 1834, que instruye a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a implementar una medida que muchos contribuyentes habían solicitado. Esta normativa permite a los exportadores expresar en dólares sus saldos a favor, de libre disponibilidad, correspondientes a impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior. Sin embargo, esta buena noticia viene acompañada de un componente que podría ser percibido como negativo.
Los contribuyentes tendrán la opción de expresar en dólares los reintegros de exportación acumulados hasta el 31 de octubre de 2025, y podrán realizar esta solicitud hasta el 1 de marzo de 2026, tomando como referencia el tipo vendedor del Banco de la Nación Argentina. Esto resulta atractivo para muchos exportadores, ya que les permite administrar mejor sus recursos en un contexto de fluctuación cambiaria.
Retrasos en la Compensación de Créditos
Sin embargo, no todo son ventajas. ARCA ha anunciado que los exportadores podrán solicitar la compensación de estos créditos recién a partir del 1 de enero de 2027, lo que implica un retraso significativo en la posibilidad de acceder a estos beneficios. Actualmente, se encuentra vigente una norma que permite compensar los saldos a favor de reintegros por exportación, que están pendientes de pago, contra deudas de otros tributos, incluidas las deudas de la seguridad social. Esto significa que, a pesar de la posibilidad de dolarizar saldos, los exportadores deberán esperar más de un año para poder beneficiarse de la compensación.
Es importante recordar que, según la RG 1415 de la ex AFIP, la facturación de las exportaciones debe hacerse a través de facturas tipo “E”, donde se puede consignar el precio de la operación en moneda extranjera. Además, el Código Aduanero instruye a ARCA a restituir total o parcialmente los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos interiores por mercancías que se exportan para consumo a título oneroso.
Una forma de agilizar el cobro de los derechos de exportación es aplicar lo que establece la Resolución General 3962 de la ex AFIP, que permite compensar el crédito fiscal ante el fisco contra las deudas previsionales, impositivas y aduaneras que tenga el contribuyente. Esto puede facilitar la gestión para muchos exportadores que necesitan equilibrar sus cuentas.
En caso de que, tras la compensación, quede un saldo remanente, los exportadores pueden solicitar su devolución a través de una transferencia electrónica o aceptar un bono electrónico que pueden utilizar para cancelar futuras obligaciones impositivas. Este procedimiento se debe realizar a través del Sistema Informático MARIA (SIM) en la aplicación denominada “Solicitud Disposición de Créditos Aduaneros”. Allí, los exportadores tienen la oportunidad de utilizar los créditos en concepto de beneficios a la exportación y los importes abonados en exceso por derechos de exportación de destinaciones anuladas o embarcadas con diferencias.
La reciente resolución de ARCA ofrece una oportunidad para los exportadores, pero también establece limitaciones significativas en cuanto a la compensación de créditos, lo que podría generar incertidumbre en un sector ya afectado por la volatilidad económica. La medida, aunque bien recibida, requiere un análisis cuidadoso por parte de los exportadores para maximizar sus beneficios y minimizar los riesgos.
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