¿Estás listo para perder tu jubilación? Lo que cada jubilado debe saber sobre cambiar PAMI por prepaga en 2025 te dejará helado.

En Argentina, los jubilados enfrentan un desafío común: la continuidad de su cobertura médica. A menudo, las obras sociales o prepagas rechazan la afiliación a causa de que los adultos mayores suelen requerir más servicios. Sin embargo, es importante recordar que los jubilados tienen el derecho de reclamar e insistir en continuar en la obra social que elijan.
Un mito común es que el Programa de Atención Médica Integral (PAMI) es obligatorio. Sin embargo, según la ley, la afiliación a PAMI es voluntaria y opcional. Al momento de jubilarse, se inicia automáticamente el trámite para pasarse al PAMI. Por lo tanto, es crucial que los jubilados expresen su deseo de permanecer en su obra social anterior antes de que finalice este proceso.
Los aportes de obra social que se derivan a la ANSES y luego al PAMI pueden ser redirigidos nuevamente a la obra social elegida. Si un jubilado se afilia al PAMI, pierde completamente su afiliación a la obra social y deberá esperar para poder cambiarse nuevamente. Además, ingresar a una obra social como adulto mayor puede resultar complicado, con obstáculos y tarifas más altas que suelen imponer las empresas a los jubilados.
Por lo tanto, es recomendable que los jubilados elijan una obra social que esté habilitada y verifiquen las prestaciones ofrecidas. Muchas veces, estas ofrecen solo servicios básicos, por lo que se aconseja permanecer en la obra social habitual y evitar el cambio a PAMI.
Los trabajadores en relación de dependencia cuyos aportes van a una obra social, al jubilarse, pueden continuar dirigiendo esos aportes a la misma obra social. Esto también aplica a los monotributistas. Sin embargo, es crucial que, al tramitar la jubilación, no se den de alta en el PAMI, ya que de hacerlo perderían la posibilidad de mantener su obra social. Aquellos que estaban afiliados a una empresa de medicina prepaga pueden conservar sus servicios de salud sin importar su afiliación al PAMI, siempre que mantengan el pago de la cuota mensual correspondiente.
En noviembre de 2025, las empresas de medicina prepaga que aceptan jubilados incluyen Osde, SanCor Salud, Swiss Medical, Alta Salud, Galeno y Sipssa. Estas empresas son reconocidas en el ámbito de la salud en Argentina y ofrecen una amplia gama de planes, desde atención ambulatoria hasta internación y servicios adicionales como odontología y oftalmología.
Es importante destacar que si una persona no es cliente de una prepaga y desea afiliarse al momento de su jubilación, la empresa no puede rechazar dicha solicitud por motivos de edad. No obstante, las empresas pueden establecer precios diferenciales según las franjas etarias, lo que significa que afiliarse después de los 60 años suele ser más costoso.
Aumentos en las Cuotas de las Prepagas
Con la inflación de octubre en un 2,3%, las principales prepagas ya han anunciado los aumentos de sus cuotas para diciembre. Según fuentes oficiales, las subas previstas se ubicarán entre 2,1% y 2,5%, alineadas con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado mensualmente por el INDEC. Este esquema ha repetido la tendencia del 2025, donde las actualizaciones del sector salud siguen de cerca el último dato de inflación disponible.
Los aumentos comunicados por las compañías al Gobierno son los siguientes:
- OSDE: 2,1% a nivel nacional y 2,5% en la región Patagónica.
- Galeno: 2,3%.
- Swiss Medical: 2,3%.
- Prevención Salud: 2,3%.
- Avalian: 2,3%.
- Hospital Alemán: 2,3%.
- Sociedad Italiana: 2,3%.
- Sancor Salud: 2,3% (solo en AMBA).
Los directivos del sector aseguran que esta política de actualización vinculada directamente al IPC permite dar mayor previsibilidad a afiliados y financiadores. Aunque la regulación ha liberado el control de precios, la vinculación de los ajustes al IPC sugiere una referencia implícita que busca mantener cierta coherencia económica en el sector salud.
La legislación establece límites en cuanto a los aumentos que las prepagas pueden aplicar a sus cuotas. Según el artículo 17 de la Ley 26.682, el valor de la cuota correspondiente a la franja etaria más alta no puede superar tres veces el de la más baja. Por lo tanto, los afiliados mayores de 65 años con más de 10 años de antigüedad no deberían enfrentar aumentos por edad. Sin embargo, si la antigüedad es menor, la prepaga puede ajustar la cuota, pero debe respetar los máximos establecidos en la tabla oficial de aumentos.
Al momento de afiliarse, es fundamental que el usuario conozca cómo evolucionarán sus cuotas según los rangos etarios. Las prepagas están obligadas a notificar los aumentos formalmente, primero a la Superintendencia y luego al afiliado, con al menos 30 días de anticipación a su aplicación.
Conocer los derechos y los límites a los aumentos de cuotas es esencial para los jubilados, ya que garantiza el acceso a servicios médicos sin que las subas por edad resulten prohibitivas. La legislación busca equilibrar las necesidades de los adultos mayores, quienes requieren servicios médicos, con la sustentabilidad de los planes de las prepagas, en un contexto económico desafiante.
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