¡Descubrí los secretos ocultos del Monotributo 2023! ¿Podés estar perdiendo miles sin saberlo? ¡Urgente!

El contador y cofundador de PMP Contabilidad y Consultoría, Juan Pablo Perojo, compartió las actualizaciones fiscales más relevantes para contribuyentes y pequeñas y medianas empresas (PyMES) en Argentina, en un contexto económico que promete ser desafiante. Las novedades impositivas, que entrarán en vigencia en 2025, incluyen cambios significativos en el Monotributo, el Impuesto a las Ganancias y una posible eliminación del impuesto a los Bienes Personales.

Según explicó Perojo en declaraciones a Splendid AM990, “el monotributo es un regalo de la vida y hay que cuidarlo, hay que ser prolijos”. Sin embargo, alertó sobre la complejidad del sistema fiscal actual, que puede resultar muy costoso para los contribuyentes. “La eficiencia es crucial, especialmente ante un año que se anticipa desafiante”, afirmó.

Índice
  1. Novedades en el Monotributo y unificación en CABA
  2. Impacto en el Impuesto a las Ganancias y deducciones clave

Novedades en el Monotributo y unificación en CABA

Uno de los cambios más esperados es la actualización del Monotributo, que se ajusta en un 14,3% para 2025, reflejando la inflación del segundo semestre de 2024. Por ejemplo, la categoría K, la más alta, pasará de $94.800.000 a $108.300.000. Es importante aclarar que este límite se basa en la facturación de los últimos 12 meses y no en un promedio mensual, desmintiendo una confusión común entre los contribuyentes.

Perojo destacó una “trampa” para aquellos que están cerca de la exclusión del Monotributo. "Si estás al límite de exclusión en enero, debes observar las escalas viejas para determinar si te excluyes. Así que hay que estar muy atentos”, advirtió.

Además, se implementará la unificación de Ingresos Brutos y Monotributo en la Ciudad de Buenos Aires (CABA) bajo el Régimen Unificado de AGIP, facilitando el proceso administrativo para los monotributistas. Sin embargo, enero de 2025 fue el único mes en que debieron abonar dos cuotas.

Impacto en el Impuesto a las Ganancias y deducciones clave

El Impuesto a las Ganancias también experimentará una actualización del 14,8%. Esto implica que solo se pagará si los salarios netos superan ciertos umbrales, a menos que el crecimiento salarial haya sido mayor que la inflación. Para el primer semestre de 2026, los nuevos límites son: $2.490.000 para una persona soltera, $3.300.000 para una persona casada con cónyuge e hijos, y $2.897.000 para una persona soltera con dos hijos.

Un dato valioso proporcionado por Perojo es que los inquilinos pueden deducir el 40% de lo pagado por alquiler, siempre que el contrato esté registrado, con un tope actualizado de $5.150.000 hasta junio. También se puede deducir un 10% sin tope, lo que permitiría deducir hasta el 50% de los alquileres, generando un ahorro significativo.

En cuanto al impuesto a los Bienes Personales, la tendencia es hacia su eliminación progresiva. Perojo indicó que este impuesto “está bajando” año a año, con la eliminación del tramo más alto prevista por una ley de 2024. Para 2025, el mínimo no imponible será de US$280.000, sin incluir la exención de la vivienda y los dólares en bancos.

Las alícuotas seguirán disminuyendo: para 2025, la más alta será del 1% (o 0,5% para contribuyentes cumplidores); para 2026, pasará a ser del 0,75% (o 0,25% para cumplidores); y para 2027, se prevé que sea del 0,25% para todos. Perojo proyectó que en 2028 podría no haber impuesto, aunque con la posibilidad de que sea renovado.

La simplificación del sistema fiscal es un objetivo clave, ya que la actual complejidad encarece el cumplimiento para los contribuyentes, en especial para las PyMES.

Por último, en relación con las PyMES, Perojo advirtió que 2025 “ya fue un año para ser hipereficientes” y anticipó que 2026 “parece que va a ser aún peor”. Los desafíos para las pequeñas y medianas empresas incluyen la apertura de importaciones, costos estancados y la volatilidad del tipo de cambio, además de las altas tasas de interés que complican el financiamiento.

En cuanto al dólar tarjeta, el contador señaló que la percepción del 30% puede ser deducida del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, siempre que el contribuyente esté inscripto. Si no está registrado, se puede solicitar la devolución a través del servicio “Devolución de Percepciones” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), aunque el proceso debe hacerse mes por mes. La clave para evitar esta percepción es pagar directamente el resumen de la tarjeta en dólares, utilizando el dólar oficial o MEP según convenga.

La anticipación y una buena asesoría son fundamentales para navegar el panorama fiscal y económico que se avecina.

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