¡Escalofriante! Este hombre con dos condenas por violencia de género enfrentará 2 años y 3 meses de prisión. ¿Qué lo llevó a eso? ¡No podrás creer su historia!

El proceso judicial en Bariloche ha dado un paso significativo con la unificación de penas impuestas a C.R.M., quien actualmente se encuentra detenido en el Establecimiento Penal N.º 3. El juez José Bernardo Campana resolvió fijar una pena única de 2 años y 3 meses de prisión efectiva, tras considerar razonable el pedido del Ministerio Público Fiscal, representado por los fiscales Gerardo Miranda y Sofía Ocampo.
La decisión de unificar las condenas se da en el marco de dos legajos donde el acusado había sido condenado anteriormente por delitos de daño, desobediencia judicial y lesiones leves agravadas. Este procedimiento busca simplificar y hacer más coherente la respuesta judicial ante el comportamiento del imputado, quien había acumulado condenas previas: una el 22 de febrero de 2024, por 1 año y 6 meses de prisión en ejecución condicional por lesiones leves agravadas en un contexto de violencia de género, y otra el 20 de agosto de 2025, por 1 año de prisión efectiva por daño y desobediencia a la autoridad.
La propuesta de unificación de penas fue fundamentada en el artículo 58 del Código Penal, que permite la aplicación de un sistema compositivo de penas. Como uno de los hechos por el cual el condenado fue sentenciado ocurrió antes de una modificación normativa en el código, se aplicó la ley más benigna. La Fiscalía también indicó que se había alcanzado un acuerdo con la defensa y con el propio condenado sobre la duración de la pena, lo que refleja un esfuerzo por llegar a una resolución efectiva y consensuada.
El defensor particular, Guillermo Casenave, mostró conformidad con la propuesta de unificación y destacó que su cliente ha estado detenido desde el 19 de julio de 2025, un dato que será relevante para el posterior cómputo de la pena. La unificación de penas no solo busca ofrecer una respuesta judicial más clara, sino también se alinea con principios de proporcionalidad en la sanción. Según el juez Campana, dado que uno de los hechos fue cometido durante la vigencia de la condena anterior, era procedente unificar las penas.
En su resolución, el juez subrayó que había una coincidencia entre las partes involucradas, lo que a menudo facilita el proceso judicial y permite una resolución más ágil. Al evaluar el método de cálculo de la pena, el juez consideró que correspondía aplicar la normativa más favorable al imputado, tal como lo establecen los artículos 2 y 8 del Código Procesal Penal, que priorizan la ley más benigna en caso de discrepancias. Esta decisión resalta la importancia de un sistema judicial que busca ser justo y equitativo.
Finalmente, la sentencia fue remitida al Juzgado de Ejecución N.º 12 para su cumplimiento una vez que la resolución quede firme. La unificación de penas en este caso podría ser vista como un paso positivo hacia la resolución de conflictos judiciales, al tiempo que pone de relieve los desafíos que enfrenta el sistema penal en Argentina en cuanto a la acumulación de sentencias y el manejo de la reincidencia.
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