¡Escándalo total! Gerente de prepaga condenado a MILLONES por dejar a paciente oncológica sin cobertura ¡Lo que sucedió te dejará sin aliento!

La Cámara Federal de Córdoba ha dictado una medida controvertida al otorgar la suspensión del juicio a prueba a dos acusados de manipular datos personales de una paciente oncológica en un caso que ha suscitado gran preocupación en la comunidad. Se trata del socio-gerente de la prepaga BRAMED S.R.L. y una empleada de la empresa, quienes habrían incurrido en acciones que llevaron al abandono de una mujer diagnosticada con linfoma de Hodgkin, dejándola sin cobertura en un momento crítico de su tratamiento.

La situación se remonta a diciembre de 2020, cuando M. C. R. fue diagnosticada con esta grave enfermedad y requirió internación y cirugía urgente. Durante su tratamiento, la empresa BRAMED contactó a la paciente y a su esposo, solicitando su clave fiscal bajo el pretexto de “rectificar datos” para autorizar la medicación necesaria. Sin embargo, se alega que, utilizando esa clave, el personal de BRAMED, a pedido del gerente, modificó sin consentimiento la obra social del matrimonio, cambiando su afiliación a una entidad sin cobertura vinculada a la prepaga.

Este cambio ilegítimo fue registrado en la base de datos de la Superintendencia de Servicios de Salud, lo que condujo a que, a partir de abril de 2021, la paciente comenzara a recibir notificaciones de que ya no contaba con cobertura. Según la acusación, durante este tiempo, BRAMED habría demorado o denegado la medicación y los tratamientos necesarios, lo cual generó graves daños físicos y psíquicos, así como múltiples urgencias e intervenciones médicas.

La Fiscalía ha imputado al gerente y a la empleada por inserción ilegítima de datos en archivo, conforme al artículo 157 bis inciso 3 del Código Penal, en concurso ideal con abandono de persona agravado, cuya pena puede alcanzar hasta diez años de prisión. Sin embargo, el Tribunal, con la intervención del juez Julián Falcucci, decidió otorgar la probation, considerando que los acusados carecían de antecedentes penales y que la querella había prestado conformidad al acuerdo, destacando que el resarcimiento económico ya estaba en curso.

El gerente asumió el compromiso de abonar la suma de $43.285.714,32 en ocho cuotas mensuales y consecutivas, de las cuales tres ya habían sido pagadas, lo que demuestra el principio de ejecución del acuerdo. El Tribunal también ha impuesto reglas de conducta estrictas, incluyendo la obligación de implementar un programa de capacitación en género, cuidado y convivencia responsable para todo el personal de BRAMED S.R.L., que deberá ser dictado por un profesional especializado. Tanto el gerente como la empleada deberán participar y acreditar su asistencia.

Además, se ha establecido que, durante el plazo de un año, tiempo fijado para la suspensión del proceso, ambos deberán residir en sus domicilios denunciados, someterse al control del organismo correspondiente (DECAEP) y cumplir con todas las obligaciones impuestas para evitar la reanudación del juicio.

Este caso pone de manifiesto no solo la gravedad de la manipulación de datos personales en el ámbito de la salud, sino también la importancia de asegurar que los derechos de los pacientes sean protegidos en todo momento. La decisión del Tribunal de imponer medidas formativas y de reparación económica refleja un intento de evitar que situaciones similares se repitan en el futuro, subrayando la necesidad de una mayor regulación y supervisión en el sector de la salud.

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