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Ley Brisa: ¿qué es y a quiénes afecta?

No hay comentarios | Publicado el jueves 24 de octubre

El estudio de abogados de Nestor Larrauri difundió un artículo que vale la pena conocer sobre la Ley Brisa. ¿Qué es? Te lo explicamos a continuación.

Las consecuencias de la violencia familiar no solo se traducen en víctimas de femicidios, sino que existen daños colaterales en los hijos, que pasan a estar bajo el cuidado de sus familiares más cercanos. La Ley Brisa busca paliar los daños que sufren estos niños mediante la entrega de una suma equivalente a una jubilación mínima.

¿Quiénes tienen derecho a recibir la reparación económica que establece esta ley?

La Ley Brisa o Ley 27.452 (de Régimen de Reparación Económica para niñas, niños y adolescentes) incluye una reparación económica y una cobertura médica integral para los hijos de algún progenitor que murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia, hasta que cumpla los 21 años o de por vida en caso de que se trate de personas con discapacidad.

Los beneficiarios pueden ser argentinos o residentes. Si son residentes deben acreditar residencia de dos años de manera continua. Y en el caso de personas con discapacidad, estas perciben la reparación económica sin límite de edad.

Mientras el niño es menor de edad la mensualidad se entrega al representante legal (que nunca puede ser el acusado) hasta que la persona cumpla 18 años de edad. Actualmente la reparación económica es de doce mil pesos (ajustables por movilidad)

¿Qué requisitos se deben cumplir para recibir la reparación económica?

  • Si el progenitor o progenitor afín ha sido procesado o condenado, se necesita que el auto de procesamiento como la sentencia estén firmes.
  • En el caso de la extinción penal por causa de muerte se necesita que la autoridad judicial declare la extinción de la acción por causa de muerte.
  • Frente a un caso de fallecimiento por violencia intrafamiliar o de género se necesita que la autoridad judicial competente lo determine.

¿Cuándo se empieza a recibir la compensación?

A partir del procesamiento del agresor. No es necesario que esté condenado. A partir de ese momento el beneficio está activo.

En caso de que el acusado sea absuelto el beneficio deja de cobrarse automáticamente, pero el Estado no puede reclamar el dinero que ya pagó.

Forma de pago de la reparación económica

  • ¿Quién debe pagar la reparación económica?

El Estado Nacional. La reparación económica es incompatible con otros beneficios nacionales, provinciales o municipales que se originen en el mismo hecho.

  • ¿Cuál es el monto de la reparación económica?

El monto de la reparación económica es igual a una jubilación mínima.

  • ¿Se actualiza el monto de la reparación económica?

Sí.  Se actualiza de acuerdo a la movilidad de la jubilación.

  • ¿Cómo se paga la reparación económica?

Todos los meses.

  • ¿Pueden embargar lo que cobro por esta reparación económica?

No.

  • ¿Cómo hago para cobrar la reparación económica si soy menor de 18 años?

Si sos menor de 18 años tiene que cobrar la persona que tiene tu guarda, es tu tutor, curador o adoptante. A partir de los 18 años, la tenés que cobrar vos. En ningún caso puede cobrar la reparación el progenitor acusado de haber causado la muerte del otro progenitor.

  • ¿En algún caso dejo de cobrar la reparación económica?

Sí.  Dejás de cobrar la reparación económica cuando:

  • Se dicta el sobreseimiento o absolución de tu padre o progenitor afín acusado de haber causado la muerte de tu madre.
  • Te vas del país por más de 2 años.
  • ¿Qué pasa si el beneficiario de la reparación muere?

Se deja de cobrar la reparación económica.

  • ¿Tengo que devolver lo que cobré si dejo de cobrar la reparación económica?

No.

Asignaciones familiares

  • Si cobro esta reparación, ¿puedo cobrar la Asignación Universal por Hijo u otras asignaciones familiares y pensiones?

Sí.

  • Si cobro esta reparación, ¿puedo seguir recibiendo alimentos de mi padre o de otro familiar?

Sí.

Cobertura de salud

  • ¿Tengo derecho a tener una cobertura de salud?

Sí.  El Estado Nacional está obligado a darte una cobertura integral de tu salud.

¿Cuál es el origen de la Ley Brisa?

La Ley Brisa toma su nombre de Brisa Barrionuevo, cuya madre fue víctima de femicidio en manos de su padre. Luego del femicidio, Brisa y sus dos hermanos quedaron bajo la tutela de sus tíos, quienes ya tenían tres hijos y una situación económica complicada. No tenía los recursos para salir adelante. Y todo eso dejó en evidencia el drama que se vive, más allá de la víctima del femicidio.

Con motivo de estas dificultades, La Casa del Encuentro (ONG que impulsó la ley) tomó este caso como ejemplo para reclamar al poder legislativo una herramienta para aliviar la vida de las víctimas colaterales de estos crímenes.

La Ley fue aprobada en CABA en 2017 y actualmente según La Casa del Encuentro hay más de 2 mil víctimas colaterales menores de 21 años, a quienes les corresponde recibir la reparación económica que ofrece la Ley Brisa.

Anses capacitó a su personal para brindar un correcto asesoramiento a los destinatarios de esta ayuda, y es en este organismo donde se tramitan las solicitudes.

En Larrauri & Asoc. acompañamos a las familias a lo largo de estos procesos y ponemos a su disposición todos nuestros recursos. Entendemos que estos casos tienen más de una víctima y que todos tienen derecho a un acompañamiento para lidiar con situaciones difíciles como estas. Con el objetivo de que las víctimas de estos delitos se críen en un ambiente sano y libre de violencias. Por esto es importante que puedan recibir una reparación económica integral mensual y ser acompañados de manera integral durante su crianza.
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