¿Te imaginas perder tu salud por ser monotributista? Esta mujer demandó a su obra social y lo que descubrió te dejará sin aliento.

En un reciente fallo, el juez Federal Nº 2, Daniel Alonso, abordó un caso de amparo que involucra a una mujer trabajadora monotributista, quien había iniciado acciones legales contra la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (Osecac) debido a la dilación en el alta de su afiliación. Este hecho, que refleja la problemática que enfrentan muchos trabajadores independientes en Argentina ante el sistema de salud, subraya la importancia de una respuesta oportuna y efectiva por parte de las obras sociales.

La mujer, identificada como PVA, había presentado su solicitud de afiliación el 1 de noviembre de 2022. Sin embargo, a pesar de cumplir con todos los requisitos necesarios, Osecac argumentó que no aceptaba a monotributistas, lo que generó un prolongado proceso administrativo que finalmente la llevó a interponer un recurso judicial. Durante este tiempo, PVA se encontró en un “limbo” donde, a pesar de que el hospital público le informaba que figuraba como afiliada, Osecac no la reconocía como tal, dejándola sin acceso a servicios médicos.

El juez Alonso, tras revisar el caso, declaró el recurso de amparo como abstracto al tomar en cuenta que, a partir del 15 de septiembre de 2025, la mujer fue reconocida como afiliada por Osecac. Sin embargo, el magistrado no escatimó en criticar la actitud “negligente” de la obra social, que causó un “innecesario dispendio de actividad profesional y jurisdiccional”. Al imponer las costas del proceso a la demandada, el juez resaltó que fue la falta de respuesta adecuada lo que obligó a la trabajadora a recurrir a la justicia para hacer valer sus derechos.

PVA había argumentado que, al requerir atención médica para una cirugía programable, se encontró con la negativa del hospital, que no podía ofrecerle turnos debido a su situación de afiliación. A pesar de haber realizado todos los trámites necesarios y de haber sido parte del régimen de monotributo desde 2017, su afiliación seguía siendo cuestionada. Osecac, por su parte, sostenía que nunca había negado prestaciones a la actora, pero la situación evidenciaba un claro fallo en la comunicación y la atención al cliente por parte de la obra social.

Este caso pone de relieve una problemática más amplia: la dificultad que enfrentan los trabajadores monotributistas en Argentina para acceder a servicios de salud adecuados. La legislación permite que estos trabajadores se afilien a obras sociales, pero la implementación de estas normativas a menudo se ve obstaculizada por la falta de claridad y compromiso de las instituciones involucradas. Esto no solo afecta la calidad de vida de los trabajadores, sino que también plantea cuestionamientos sobre la efectividad del sistema de salud argentino.

El fallo del juez Alonso podría sentar un precedente importante para futuros casos similares, resaltando la necesidad de que las obras sociales cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma. Asimismo, podría incentivar a otros trabajadores afectados a reclamar sus derechos, pues el reconocimiento y la defensa de los mismos es esencial para garantizar el acceso a la salud en un contexto laboral cada vez más diversificado y precario.

En conclusión, mientras la situación de PVA se resolvió a favor de su afiliación, el proceso que la llevó a la justicia expone las falencias de un sistema que debería ser accesible y eficiente para todos los trabajadores, independientemente de su modalidad laboral. Las obras sociales deben aprender de este caso y mejorar sus procedimientos para evitar que más personas deban pasar por situaciones similares que, en última instancia, afectan su bienestar y salud.

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